Government promotes measures that discourage formality

The government has been promoting initiatives that would discourage the creation of formal jobs and aggravate the problem of job insecurity in the country.

Gobierno impulsa medidas que desalientan la formalidad.

El gobierno viene promoviendo iniciativas que desincentivarían la creación de empleos formales y agravarían el problema de la precariedad laboral en el país. El aumento del salario mínimo (SM); la inclusión del refrigerio como tiempo trabajado; el aumento de la indemnización por despido arbitrario de 1,5 a 3 sueldos por año sin tope de 12 sueldos y de las restricciones para realizar ceses colectivos; así como la reciente restricción a la tercerización, desincentivan la creación de empleo formal y no solucionan los problemas reales que enfrentan la mayoría de los trabajadores, al contrario, los agudizan.

El 70% de los trabajadores son informales, no tienen ningún beneficio social y sus salarios reales han caído más de 15% en los últimos 2 años. Sin embargo, estas medidas buscan beneficiar a segmentos específicos que son minoritarios en el mercado laboral: los sindicatos solo representan al 2% de los trabajadores; aumentar el salario mínimo solo beneficia al 4% de los trabajadores; los trabajadores tercerizados representan menos del 1% del mercado laboral; y quienes tienen plazo indefinido son solo 7% del total. La mayoría de los ciudadanos debería ser el foco de las políticas y no la minoría de trabajadores que ya cuentan con trabajos formales.

El gobierno está promoviendo medidas inconvenientes, cuando la mayoría de la población está viviendo una crisis de trabajo precario, y cuando nuestra legislación laboral ya es una de las 10 más rígidas del mundo, en cuanto a las políticas de contratación y despido. Estas medidas desprotegen a los trabajadores al hacer aún más rígida la regulación laboral, que – en conjunto con la baja productividad laboral – es la principal razón por la cual la informalidad es tan alta, y deterioran aún más las condiciones para atraer inversión hacia sectores intensivos en mano de obra.

Si el objetivo es corregir los probables problemas de abuso de la figura de la tercerización y las posibles inequidades entre trabajadores de planta y tercerizados, la solución no es eliminar o restringir la tercerización, sino más bien mejorar la fiscalización y dar medidas que permitan una mayor equidad. Es por ello que se debería derogar la reciente norma (Decreto Supremo 001-2022-TR) que modifica el reglamento de tercerización y más bien plantear medidas, debidamente consensuadas y debatidas en el Consejo Nacional del Trabajo, que resuelvan los problemas reales del mercado laboral.

– La tercerización es un mecanismo de contratación usado en todo el mundo y permite mejorar la productividad y competitividad de las empresas. Una empresa especializada puede hacer algunos procesos productivos de manera más eficiente que la propia empresa principal y atender a varias empresas. Esto es deseable porque, al ser más eficientes, las empresas pueden incrementar su producción y contratar a más trabajadores formales.

– El uso de la tercerización en nuestra economía es transversal. Más del 60% de empresas en los sectores manufactura, servicios, construcción, minería, comercio y pesca hacen uso de la tercerización. Es más, las empresas que brindan el servicio de tercerización, a su vez subcontratan otras empresas, usualmente de menor tamaño, con lo cual se logra un encadenamiento desde la gran empresa a la pequeña empresa.

– Los trabajadores de las firmas que brindan servicios de tercerización son formales y están doblemente protegidos, pues la empresa que contrata el servicio es responsable solidaria en el cumplimiento de los beneficios laborales. El solo hecho de que sean formales, en la situación actual del mercado laboral, pone a estos trabajadores en ventaja respecto a la gran mayoría que es informal. Los trabajadores tercerizados ganan cerca de 80% más que sus contrapartes en el sector informal. Las inequidades que podrían existir con los trabajadores de planta, no se resuelven impidiendo la tercerización, sino regulando los beneficios laborales y mejorando la fiscalización.

– Las restricciones que se han impuesto a la tercerización al prohibir su aplicación en el núcleo central de la empresa – concepto que no se menciona en la ley – y su ambigua definición generarán incertidumbre, arbitrariedad y mayores costos de transacción para las empresas. En la práctica, el Ministerio de Trabajo tendría que establecer criterios para definir qué actividades son parte del núcleo central en cada industria para evitar arbitrariedades; sin embargo, estos criterios difícilmente podrían considerar las particularidades de cada empresa, por lo que estarían sujetos al juicio y discreción del funcionario público.

– Los cambios no están pensados para favorecer a la mayoría de la población que trabaja en la informalidad. Por el contrario, sólo beneficiará a un segmento minoritario de trabajadores de empresas tercerizadoras que podrán insertarse en la empresa principal. En México, ante una medida similar, solo el 54% de trabajadores de empresas tercerizadoras fueron contratados en la planilla de la empresa principal. Medidas como esta, segmentan aún más el mercado laboral, con una minoría formal y una mayoría informal, afectando la posibilidad de que el empleo formal crezca y absorba a trabajadores informales. Además, se afectaría principalmente a trabajadores de niveles socioeconómicos medios y bajos, que componen la mayor parte del empleo tercerizado.

– Los cambios al reglamento de tercerización faltaron a las normas de transparencia. No se consultó al Consejo Nacional del Trabajo (CNT), ni se pre-publicó el proyecto como lo establecen los acuerdos de libre comercio que el Perú ha firmado.

– Lo más conveniente es derogar los cambios al reglamento de tercerización aprobados y sustituirlos por una norma consensuada en el CNT que corrija las posibles inequidades entre trabajadores. Se podría considerar incrementar el rol fiscalizador de la empresa que terceriza, obligándola a exigir ciertos estándares a la empresa tercerizadora; o distribuir los beneficios que genera la empresa principal a los trabajadores tercerizados; entre otros, que podrían incluso discutirse en el Congreso mediante un proyecto de ley que perfeccione los beneficios de la tercerización.

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